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Preguntas frecuentes

¿Qué es la Sede Electrónica?

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, introduce la obligación de ciertos colectivos de relacionarse con las Administraciones por medios electrónicos. Esto significa que tendrán que presentar sus solicitudes y recibir las notificaciones por medios electrónicos.
Desde la Sede electrónica los usuarios pueden ejercer su derecho de acceso a la información, a los servicios, procedimientos y trámites electrónicos de esta Entidad Local.

¿Quién puede utilizarla?

Están obligados a relacionarse de manera electrónica con las administraciones públicas:

  • Las personas jurídicas (empresas, fundaciones…)
  • Las entidades sin personalidad jurídica (comunidades de propietarios y propietarias.
  • Las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoriedad, en relación con los trámites que realicen en el ejercicio de esa actividad, dentro de éste colectivo se incluye en todo caso los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Los empleados de la administración para los trámites que realicen con la misma por razón de su condición de empleado público.
  • Quienes actúen en representación de cualquiera de los anteriores.

Todos los ciudadanos que opten por interactuar con esta Corporación a través de Internet lo harán a través de esta Sede.

¿Tiene la misma validez las gestiones realizadas desde la Sede electrónica que de forma presencial?

Sí, cada expediente presentado telemáticamente queda registrado en el Registro de entrada de esta Entidad, emitiéndose automáticamente un recibo consistente en una copia auténtica del documento electrónico con el contenido indicado en el artículo 15.4 de la Ordenanza reguladora del uso de medios electrónicos de esta Entidad.

¿Qué fecha y hora se debe tener en cuenta para el cómputo de plazos?

La Sede electrónica estará disponible durante las 24 horas los 365 días del año.
Para el cómputo de plazos en cualquier trámite, será la fecha y hora oficial de la Sede la que tendrá validez legal y no la del equipo desde el que se realice. A estos efectos se tendrá en cuenta la fecha y hora del momento en el que se realice el asiento registral, una vez se firme la solicitud y se presente ante el Registro electrónico. Dicha fecha y hora constará en el recibo que se genera automáticamente con el registro.

Dado que la Sede permite presentar escritos y solicitudes durante las 24 horas todos los días del año, es importante destacar que para los trámites que se presenten en un día inhábil, a efectos legales esta presentación se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente. Si por razones técnicas se interrumpiera el servicio del registro electrónico puede conocer las circunstancias y posible ampliación de plazos en el apartado “Sede” Interrupción del servicio.
Puede conocer la fecha y hora oficial accediendo a esa sección en el menú «La Sede».

¿Cómo puedo identificarme y firmar en la Sede electrónica?

Para la identificación y firma, esta Sede admite las modalidades que ofrece la Plataforma Cl@ve.

Certificado digital: con carácter general se admiten en DNI electrónico y todos los certificados reconocidos incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Claves concertadas: Cl@ve Pin como sistema de contraseña de validez muy limitada en el tiempo, orientado a usuarios que acceden esporádicamente a los servicios públicos electrónicos; y Cl@ve Permanente como sistema de contraseña de validez duradera en el tiempo, orientado a usuarios habituales de los servicios públicos electrónicos.

¿Qué es Cl@ve?

Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Se trata de una plataforma común para la identificación que evita a los ciudadanos tener que utilizar métodos de identificación diferentes para relacionarse electrónicamente con cada una de las Administraciones.

Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante claves concertadas (usuario más contraseña), sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios. Se complementa con sistemas de acceso mediante DNI-e y certificado electrónico.

Adicionalmente, Cl@ve está preparada para incorporar en el futuro, conforme se vayan integrando en el sistema de reconocimiento transfronterizo de identidades electrónicas previsto en la legislación europea, mecanismo de identificación de otros países de la Unión Europea.
Para más información acceder a la Plataforma Clave.

¿Cómo me registro en Cl@ve?

El registro en Cl@ve puede hacerse a través de tres vías:

  • A través de Internet sin certificado electrónico
  • A través de Internet con certificado electrónico o DNIe
  • Presencialmente en una Oficina de Registro

Existe una amplia red de oficinas donde es posible registrarse presencialmente u obtener un certificado electrónico. Puede obtener información detallada y precisa en Acceso a clave para la identificación y registro.

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