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Pago de impuestos municipales

Los ciudadanos deben satisfacer a los ayuntamientos una serie de impuestos e ingresos de derecho público. Estos pueden ser obligatorios, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) o el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). El resto de ingresos de derecho público son potestativos, es decir, cada ayuntamiento tiene potestad para decidir su aplicación.

Todos los tributos están regulados en el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y concretados en las ordenanzas de cada ayuntamiento.

Los conceptos por los que los ciudadanos deben pagar a su municipio, cuando concurran las circunstancias que determinen cada hecho imponible, son:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
  • Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).
  • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
  • Tasas y Precios Públicos.
  • Contribuciones Especiales.
  • Otros Ingresos de Derecho Público.

¿Dónde hacer este trámite?

Administraciones

Álora
Ardales
Valle de Abdalajís
ELA Bobadilla-Estación
Patronato de recaudación
Diputación de Málaga
Clave
Administración General del Estado
Junta de Andalucía
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